Cada pocos meses aparece un titular anunciando que ya es obligatorio el seguro para perros, o el curso, o que te pueden multar con 200.000 euros. La mayoría mezcla tres niveles de normas distintos y da por vigente lo que aún no lo está. Esto es lo que obliga hoy la ley estatal, lo que sigue esperando un reglamento y lo que decide tu comunidad autónoma o tu ayuntamiento.

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Tres niveles de normas y por qué se lían tanto

Casi toda la confusión viene de tratar como una sola cosa lo que en realidad son tres capas que se superponen.

La estatal es la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, más la normativa específica de perros potencialmente peligrosos. Marca el mínimo común.

La autonómica es la ley de protección animal de cada comunidad, que puede ser más exigente y que regula cosas como el acceso a establecimientos.

La municipal es la ordenanza de tu ayuntamiento, que concreta el día a día: correa, bozal, dónde se puede soltar, censo y limpieza.

Cuando un titular dice «ya es obligatorio», casi nunca aclara en cuál de las tres capas.

Regla práctica: para lo que ocurre en la calle manda la ordenanza municipal; para el acceso a un bar manda la ley autonómica; para las obligaciones de cuidado y las multas grandes, la ley estatal.

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Lo que ya es obligatorio hoy

La Ley 7/2023 está en vigor desde septiembre de 2023 y buena parte de sus obligaciones se aplican sin necesidad de ningún reglamento. Estas son las que afectan a cualquiera que conviva con un perro.

  • Mantener al animal permanentemente localizado e identificado conforme a la normativa vigente.
  • Proporcionarle atención veterinaria y mantenerlo en condiciones dignas.
  • Comunicar su pérdida en un plazo de 48 horas.
  • No dejarlo sin supervisión más de 24 horas consecutivas, en el caso de los perros (artículo 27.i).
  • No dejar a ningún animal de compañía sin supervisión más de tres días consecutivos.

El límite de 24 horas del artículo 27.i es el que más titulares genera y el que más gente desconoce. No distingue entre casa, terraza o patio: habla de supervisión.

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Lo que sigue pendiente de reglamento

Aquí está el origen de casi todos los titulares falsos. La ley recoge dos obligaciones muy comentadas que necesitan desarrollo reglamentario para poder exigirse:

El curso de formación para la tenencia de perros, en el artículo 30.1, con validez indefinida.

El seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, en el artículo 30.3, cuya cuantía mínima se remite expresamente al reglamento.

La propia Dirección General de Derechos de los Animales aclaró que estas obligaciones, pese a haber entrado en vigor formalmente, no resultan efectivamente aplicables hasta que exista ese desarrollo reglamentario. A fecha de septiembre de 2026 no consta publicado en el BOE el real decreto que lo concreta, y cuando se apruebe se ha anunciado un plazo adicional antes de que curso y seguro sean exigibles.

Ojo: esto es el marco estatal. Varias comunidades autónomas y muchos ayuntamientos ya exigen el seguro por su cuenta, y para perros potencialmente peligrosos es obligatorio desde hace años. Comprueba siempre tu normativa local.

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Las multas: la escala real

Los 200.000 euros de los titulares existen, pero son el techo de la infracción más grave, no lo que te cae por no recoger una deposición. La Ley 7/2023 establece tres tramos:

InfracciónMulta
Leve500 a 10.000 €
Grave10.001 a 50.000 €
Muy grave50.001 a 200.000 €

En el tramo grave entran cosas como tener al animal sin identificar o sin registrar, el abandono o mantenerlo permanentemente confinado en terrazas, balcones o vehículos. Y por encima de esta escala están las sanciones autonómicas y municipales, que se aplican a las infracciones de su propio ámbito.

Si lo que buscas es cuánto cuesta cada infracción concreta (no recoger, correa, chip, playa, coche, abandono), lo hemos desglosado conducta por conducta, con la norma y el artículo de cada una, en multas por tener perro en España.

Antes de dar por buena una cifra concreta, comprueba en qué norma se apoya. Es habitual ver mezcladas las cuantías estatales con las autonómicas, que son mucho más bajas.

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Perros potencialmente peligrosos

Es el único caso en el que el seguro de responsabilidad civil lleva años siendo obligatorio y no depende de ningún reglamento pendiente.

La normativa específica exige licencia administrativa municipal, inscripción en el registro correspondiente y un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima que fija el Real Decreto 287/2002 en 120.000 euros. En la vía pública, bozal y correa no extensible, con la longitud máxima que marque cada ordenanza.

La calificación depende de la raza y también del carácter del animal, y su régimen afecta a cosas cotidianas como viajar en tren o reservar alojamiento.

En viajar en tren con perro verás un ejemplo concreto: Renfe excluye a las razas prohibidas de la modalidad de perros grandes sin transportín.

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Lo que decide tu comunidad autónoma

Aquí es donde más varía el mapa, y donde más se equivoca la gente al viajar. Cada comunidad tiene su propia ley de protección animal, y puede ser más exigente que la estatal.

Dos asuntos dependen casi siempre del nivel autonómico. El primero es el acceso a establecimientos: en Andalucía, por ejemplo, la Ley 11/2003 permite a hoteles, bares y restaurantes limitar la entrada de animales siempre que lo señalicen con un distintivo visible en el exterior. El segundo es el régimen sancionador de las infracciones de su ámbito, con cuantías propias.

Si te mudas o viajas, comprueba la ley de la comunidad de destino antes de dar nada por hecho.

Cómo funciona esto en la práctica, con el ejemplo andaluz desarrollado, está en comer con perro: qué dice la ley.

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Lo que decide tu ayuntamiento

La ordenanza municipal es la norma que más te va a afectar en el día a día, y la que casi nadie lee. Regula la correa, el bozal, dónde puede ir suelto el animal, el censo municipal y la limpieza.

Sevilla sirve de ejemplo de hasta dónde puede llegar el detalle: exige correa e identificación, bozal para los perros de más de 20 kilos en la vía pública, inscripción en el registro municipal en un plazo de tres meses desde el nacimiento o de uno desde la adquisición, recogida inmediata de excrementos y dilución de la orina con agua, y limita la suelta a 28 zonas caninas concretas.

Nada de eso está en la ley estatal. Todo eso lo decide el ayuntamiento, y cambia de una ciudad a otra.

Y sobre la correa en particular, que es la obligación municipal más extendida y la peor explicada: ¿es obligatoria la correa?.

El desarrollo completo del caso sevillano, artículo por artículo, está en normativa para perros en Sevilla.

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Qué comprobar antes de viajar

Moverse por España con perro significa cruzar varias normativas en un mismo viaje. Estas son las cuatro cosas que conviene mirar de la ciudad de destino antes de salir.

  • La ordenanza municipal: correa, bozal por peso y dónde se puede soltar.
  • El transporte público local, que cambia radicalmente de una ciudad a otra.
  • Las playas, si vas a la costa: la temporada y el tramo los fija cada ayuntamiento.
  • Si tu perro es potencialmente peligroso, la licencia y los requisitos de esa comunidad.

La checklist completa de un viaje, con documentación y transporte, está en viajar con perro por España.

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¿Es obligatorio el seguro de responsabilidad civil para perros?

Para perros potencialmente peligrosos, sí, desde hace años, con una cobertura mínima de 120.000 euros según el Real Decreto 287/2002. Para el resto, la Ley 7/2023 lo recoge en su artículo 30.3, pero la cuantía se remite a un reglamento que a septiembre de 2026 no consta publicado, y la propia Administración aclaró que no resulta efectivamente aplicable hasta entonces. Al margen de eso, algunas comunidades y ayuntamientos sí lo exigen por su cuenta: comprueba tu normativa local. Lo desarrollamos, con las cuantías de cada caso, en la guía del seguro obligatorio para perros.

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¿Es obligatorio el curso para tener perro?

Todavía no. El artículo 30.1 de la Ley 7/2023 establece un curso de formación para la tenencia de perros con validez indefinida, pero su contenido, su formato y quién lo imparte dependen del desarrollo reglamentario, que sigue pendiente. Cuando se apruebe, está previsto un plazo adicional antes de que sea exigible. Cualquier academia que hoy te venda «el curso obligatorio» está vendiendo algo que aún no lo es.

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¿Cuánto tiempo puedo dejar solo a mi perro?

Un máximo de 24 horas consecutivas. Lo fija el artículo 27.i de la Ley 7/2023, que prohíbe dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía más de tres días consecutivos y rebaja ese plazo a 24 horas en el caso de los perros. La norma habla de supervisión, no de ubicación, así que dejarlo en una terraza o un patio no cambia nada.

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¿Es obligatorio el microchip?

Sí. La identificación permanente está entre las obligaciones del titular que ya se aplican, y las comunidades autónomas la venían exigiendo desde antes de la ley estatal. Además, muchos ayuntamientos obligan a inscribir al animal en un registro municipal propio, con plazos concretos desde el nacimiento o la adquisición. Tener el chip puesto no basta: hay que mantener los datos actualizados a tu nombre y con tu teléfono actual.

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¿Cuáles son las multas de la ley de bienestar animal?

Van de 500 a 10.000 euros en las infracciones leves, de 10.001 a 50.000 en las graves y de 50.001 a 200.000 en las muy graves. La cifra de 200.000 que circula en titulares es el techo del tramo más alto, reservado a los casos más serios. Las infracciones de ámbito autonómico y municipal tienen sus propias escalas, bastante más bajas.

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Comprueba la fuente y planifica con EYPET

Con este tema, la regla es no fiarse de ningún titular sin ir al texto. El de la ley estatal está en el BOE; el de tu comunidad, en su boletín oficial; el de tu ciudad, en la web del ayuntamiento.

Dos partes de esta misma ley tienen guía propia: el listado positivo de animales de compañía, que todavía no está aprobado pero cuyas prohibiciones provisionales ya están en vigor, y el plazo de 48 horas para comunicar la pérdida de un animal, que decide si legalmente consta como extraviado o como abandonado.

Y para la parte práctica, en el mapa de EYPET tienes los sitios que admiten mascotas en cada ciudad con lo que sabemos de su política de admisión, para no llegar a ciegas.

- ¿Cuántos perros se pueden tener en una casa?: el límite lo ponen la comunidad autónoma y el ayuntamiento.

- ¿Es obligatorio esterilizar a tu perro?.

- Cómo denunciar maltrato animal.

Para la pieza central del marco estatal, la Ley 7/2023, tenemos una guía dedicada con obligaciones, prohibiciones y sanciones por tramos: Ley de Bienestar Animal explicada.

Normativa comprobada el 13 de septiembre de 2026 en el texto consolidado de la Ley 7/2023 publicado en el BOE y en la información oficial de la Junta de Andalucía sobre infracciones y multas. Las obligaciones pendientes de reglamento pueden activarse en cualquier momento: confirma el estado antes de tomar decisiones.

Importante

Las políticas de admisión y las normas locales pueden cambiar. Confirma siempre la información con el establecimiento o la autoridad responsable antes de tu visita.