Pocas leyes recientes han generado tantos titulares, y tanta confusión, como la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales: que si cursos obligatorios, que si seguros, que si ya no se pueden vender animales. Parte es cierto, parte es cierto a medias y parte sigue pendiente de un reglamento que lo active.
En EYPET llevamos meses desgranando la ley artículo a artículo, siempre con el texto del BOE delante. Esta guía es el mapa general: qué exige hoy, qué prohíbe, cuánto cuestan las infracciones y qué piezas aún no han entrado en juego.
Una aclaración antes de empezar: la ley estatal convive con las normativas autonómicas y las ordenanzas municipales, que pueden añadir obligaciones (aquí, el mapa autonómico). Lo que leas aquí es el suelo común para toda España.
Qué es la Ley 7/2023 y a quién aplica
Es la primera ley estatal dedicada específicamente a la protección y el bienestar de los animales de compañía, en vigor desde el 29 de septiembre de 2023. Regula la tenencia, la cría, el comercio y la relación cotidiana con los animales que conviven con nosotros, con los perros y los gatos como grandes protagonistas.
Tan importante como su ámbito es lo que queda fuera:
- Los perros potencialmente peligrosos mantienen su régimen propio (Ley 50/1999 y RD 287/2002), con licencia, seguro y normas de paseo específicas que contamos en la guía PPP.
- Los animales de producción y la fauna silvestre tienen su propia normativa.
- Los perros de caza y otros animales auxiliares de actividades específicas quedaron excluidos de buena parte de la ley durante su tramitación, una de sus polémicas más sonadas.
Lo que la ley te exige si tienes un animal
El corazón práctico de la ley son los deberes del titular. Los principales:
- Identificación: el microchip es obligatorio para los perros, y la ley consolida la identificación también para gatos y hurones. Cómo funciona y cómo comprobar los datos, en la guía del microchip.
- Supervisión: un perro no puede quedarse sin supervisión más de veinticuatro horas; el resto de especies, no más de tres días consecutivos.
- Cuidados y atención veterinaria: alimentación, alojamiento y los tratamientos obligatorios o necesarios.
- Pérdida o robo: la ley obliga a «comunicar a la autoridad competente la pérdida o sustracción del animal en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas». Si no lo haces, la desaparición puede tratarse como abandono.
- Convivencia responsable: evitar que el animal cause molestias o daños; de la parte vecinal hablamos en perros en comunidades de vecinos, y de la responsabilidad civil, con el seguro de perros.
- Esterilización de los gatos antes de los seis meses de edad, con excepciones para los criadores registrados: es la gran medida contra el abandono y las camadas incontroladas.
Lo que la ley prohíbe
- Vender perros, gatos y hurones en tiendas de animales: su venta queda reservada a criadores registrados, y se acabó la exhibición de animales en escaparates.
- El abandono, en todas sus formas, incluida la de «soltarlo lejos de casa».
- Dejar al animal atado y desatendido en la vía pública, la escena del perro en la puerta del súper: lo analizamos a fondo en este artículo.
- El maltrato y los métodos agresivos en el manejo y la educación de los animales.
- Usar animales en peleas, como reclamo publicitario agresivo o en atracciones mecánicas.
- La cría sin estar registrado como criador: la reproducción de tu perro o tu gata «para que tenga una camada» ha dejado de ser un terreno libre.
La compra responsable y la adopción salen reforzadas: si estás en ese momento, empieza por adoptar un perro.
Dónde la notas en el día a día
La ley también tocó la puerta de los establecimientos. Su artículo 29.2 dice que bares, restaurantes y alojamientos «podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, a zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos», y que si no admiten animales «deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento».
Traducción: el local decide, pero el cartel es obligatorio cuando la respuesta es no. El mapa completo, sector a sector:
- Supermercados y comercios de alimentación
- Tiendas y centros comerciales
- Viajar en tren con perro y en coche
- Y la excepción que no admite debate: los perros de asistencia acceden con la persona a la que asisten.
Las sanciones, por tramos
El régimen sancionador de la ley funciona en tres escalones:
- Infracciones leves: apercibimiento o multa de hasta 10.000 euros.
- Infracciones graves: de 10.001 a 50.000 euros. Aquí entran, por ejemplo, no identificar al animal o no comunicar su pérdida.
- Infracciones muy graves: de 50.001 a 200.000 euros, reservadas a lo peor: maltrato con resultado de muerte, peleas, abandono masivo. Pueden sumar sanciones accesorias como la inhabilitación para la tenencia.
A estas multas estatales se añaden las de ordenanzas y normativa autonómica (excrementos, perro suelto, ruido), que repasamos en multas relacionadas con perros. Y cuando el maltrato es delito, entra el Código Penal, con penas que pueden incluir prisión.
Lo que sigue pendiente de reglamento
Tres de las medidas más famosas de la ley nacieron condicionadas a un desarrollo reglamentario que las concrete:
- El curso de formación para tener perro: previsto en la ley, gratuito y de validez indefinida, pero sin reglamento que lo active: su estado real, aquí.
- El seguro de responsabilidad civil obligatorio para todos los perros: la obligación figura en la ley; su exigibilidad práctica depende de ese desarrollo. El estado real de la cuestión lo mantenemos al día en el artículo del seguro.
- El listado positivo de especies que podrán tenerse como animales de compañía: qué es y cómo va.
Hasta que esos reglamentos lleguen, la regla práctica es simple: las obligaciones de los apartados anteriores ya están en vigor; estas tres piezas, todavía no en su forma final.
Cuando leas titulares sobre «lo que ya es obligatorio», comprueba la fecha y la fuente: buena parte de la confusión sobre esta ley viene de anunciar como vigente lo que sigue pendiente de reglamento.
Preguntas rápidas
¿La ley afecta igual a perros y gatos?
Comparten lo esencial (identificación, cuidados, prohibición de abandono), pero hay piezas específicas: las veinticuatro horas de supervisión máxima son para perros; la esterilización temprana obligatoria, para gatos. Las colonias felinas tienen su propio marco, que explicamos en la ley de las colonias.
¿Puedo seguir llevando a mi perro suelto al campo?
La ley estatal exige tenerlo bajo control; dónde puede ir suelto lo deciden sobre todo ordenanzas y normativa del lugar. En espacios urbanos, correa salvo zonas habilitadas como los parques caninos.
¿Qué pasa si incumplo sin saberlo?
El desconocimiento no exime: las obligaciones de identificación, supervisión y comunicación de pérdida son exigibles ya. La buena noticia es que cumplirlas cuesta poco.
¿Dónde leo el texto oficial?
En el BOE: Ley 7/2023, de 28 de marzo. Todos nuestros artículos legales citan el texto consolidado, que es el que vale.
Las políticas de admisión y las normas locales pueden cambiar. Confirma siempre la información con el establecimiento o la autoridad responsable antes de tu visita.