Hay una regla que cambió en 2023 y que casi nadie conoce: en España, un bar o una tienda que no admite perros está obligado a indicarlo con un distintivo visible desde el exterior. No al revés.
Lo dice el artículo 29 de la Ley de Bienestar Animal, y da la vuelta a la costumbre de tener que preguntar en la puerta. El cartel, cuando la norma se cumple, lo tiene que poner quien dice que no.
Otra cosa es qué pasa en la práctica. Hemos revisado la normativa publicada por las grandes cadenas y por los centros comerciales para separar lo que está escrito de lo que se supone, y hay resultados que sorprenden: IKEA admite dos mascotas por unidad familiar, Carrefour distingue entre el hipermercado y la galería, y las cadenas de tiendas de mascotas no publican ninguna política.
Lo que dice la ley, literalmente
El artículo 29 de la Ley 7/2023 dedica tres apartados a esto y conviene leerlos con precisión, porque se citan mal continuamente.
Apartado 2. Los establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y en general cualesquiera otros en los que se consuman bebidas y comidas podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo, a zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos, sin perjuicio de la normativa sobre salud pública, las ordenanzas municipales o la normativa específica. Y añade: en caso de no admitir la entrada y estancia del animal deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento.
Apartado 3. Salvo prohibición expresa, debidamente señalizada y visible desde el exterior, se permitirá el acceso de animales de compañía a edificios y dependencias públicas.
Apartado 6. El acceso de los perros de asistencia no será discrecional ni se incluirá en los cupos de acceso si los hubiera. Y remata: en todo caso los perros de asistencia podrán acceder a cualquier espacio acompañando a la persona a la que asistan.
Dos matices importantes. «Podrán facilitar» no obliga a nadie a admitir perros: la decisión sigue siendo del establecimiento. Lo que sí obliga es a avisar por fuera cuando la respuesta es no.
Conviene tener presente que “pet friendly” no es una categoría jurídica: no existe en ninguna norma española y no garantiza nada por sí sola. Lo que sí dice la ley, sector por sector, está en ¿qué significa pet friendly?.
Esto convive con normas autonómicas anteriores que dicen lo contrario. En Andalucía, la Ley 11/2003 pide el distintivo a quien sí admite. Cuando dos normas se solapan, lo práctico es asumir que la ausencia de cartel no garantiza nada y preguntar.
Por qué los supermercados son caso aparte
Aquí no hay margen y la razón no es española, es europea.
El Reglamento (CE) 852/2004 sobre higiene de los productos alimenticios establece en su anexo que «deberán aplicarse procedimientos adecuados para evitar que los animales domésticos puedan acceder a los lugares en que se preparan, manipulan o almacenan productos alimenticios».
Esa es la «razón sanitaria» a la que remite el artículo 29 cuando exceptúa determinados establecimientos. Por eso un supermercado, una carnicería o el obrador de una panadería no pueden admitir perros aunque quieran.
Mercadona lo responde así en su atención al cliente oficial: el acceso de animales al interior del establecimiento está expresamente prohibido por la normativa vigente. Lidl lo formula de forma parecida y añade expresamente la excepción de los perros guía que cumplan los requisitos fijados.
El caso más ilustrativo es Carrefour, porque separa los dos espacios por escrito. Su división inmobiliaria declaró pet friendly las galerías de sus centros comerciales y dejó fuera, textualmente, los locales «donde se elabore comida, se venda o se almacene, como es el caso de los hipermercados Carrefour». En la galería sí, con la mascota atada y controlada en todo momento y con su cartilla de vacunación; en el híper no.
Y desde 2022 hay además una norma española que lo dice con todas las letras, sin necesidad de interpretar el reglamento europeo. El Real Decreto 1021/2022, de 13 de diciembre, por el que se establecen determinadas normas de higiene de los productos alimenticios, dispone en su artículo 14.1:
"está prohibido el acceso de animales a los lugares de venta de alimentos (tales como supermercados, mercados, comercios de alimentación, etc.), salvo en el caso de los perros de asistencia y los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado…"
Esto cierra el debate de una vez: en un supermercado o en una tienda de alimentación no es una decisión del establecimiento, es una prohibición normativa con dos excepciones tasadas. Cuando un encargado te dice que "no puede dejarte pasar", no está siendo arbitrario: está aplicando el artículo 14.1.
Hemos desarrollado este punto en una guía aparte, con el texto íntegro del artículo 14 y las dos excepciones tasadas: ¿puedo entrar con perro en el supermercado?.
La excepción que no admite discusión: a un perro de asistencia no se le puede negar el acceso ni siquiera en un supermercado. Lo dice el artículo 29.6 sin matices.
Las cadenas que sí publican que admiten perros
Estas son las que hemos podido verificar en su propia web o en su canal oficial. Es una lista corta, y esa brevedad es en sí misma el hallazgo.
IKEA España es la que tiene la normativa más detallada de todas. Publica que cada unidad familiar puede estar acompañada de un máximo de dos mascotas durante su visita, con correa no extensible de máximo 1,5 metros, en el suelo o en transportines que no permitan la salida del animal, y sin subirse al mobiliario. Excluye expresamente el Restaurante, el Bistro y la Tienda Sueca, donde solo entran perros de asistencia acreditados. La zona de consumo solo está disponible en las tiendas con terraza.
Bauhaus lo resume en una línea en su web: todas las mascotas son aceptadas en sus centros siempre que vayan con collar o en tu bolso.
Fnac las admite, pero no en todas sus tiendas: su propia web publica una lista concreta de unos veinticinco establecimientos adheridos. Conviene mirar si la tuya está antes de ir.
MediaMarkt lo ha confirmado por su canal oficial, sin condiciones publicadas más allá del sentido común.
Y hay un resultado que no esperábamos: ni Kiwoko ni Tiendanimal publican en su web una política de acceso para el perro del cliente. Se da por hecho que se puede entrar —y en la práctica se entra— pero no está escrito en ningún sitio oficial.
Muchas cadenas muy nombradas en foros —El Corte Inglés, Zara, Decathlon, Leroy Merlin, Primark— no publican normativa oficial localizable. Circulan condiciones muy concretas atribuidas a ellas, pero no hemos podido verificarlas en fuente propia, así que no las damos por buenas.
Centros comerciales: el terreno más pet friendly
Es donde más ha cambiado la cosa en los últimos años, y donde mejor documentado está.
Varios grandes operadores han adoptado protocolos «pet friendly» por cartera. Klépierre publica páginas propias para sus centros españoles —Maremagnum, La Gavia, Plenilunio, Príncipe Pío, Nueva Condomina, Los Prados, Meridiano— con una fórmula común: estaremos encantados de recibir a tus mascotas siempre que cumplan la normativa básica. Westfield hace lo mismo en La Maquinista, Parquesur y Glòries.
El protocolo más completo que hemos encontrado es el del Centro Comercial Rosaleda de Málaga, y merece citarse porque marca el estándar: las mascotas no pueden circular sueltas, deben ir acompañadas de su dueño y con correa corta en todo momento o en transportín cerrado; bozal obligatorio para razas potencialmente peligrosas; y quedan excluidos los locales de elaboración, venta, almacenamiento o manipulación de alimentos, las farmacias, los centros sanitarios y las zonas infantiles. Los perros de asistencia y de protección acreditados acceden sin esas restricciones.
Larios Centro, también en Málaga, añade un detalle práctico: pide evitar las escaleras mecánicas por la propia seguridad del animal, y recuerda que cada comercio decide individualmente, señalizándolo con una pegatina en su puerta.
Y Lagoh, en Sevilla, va más allá de permitir: tiene pet área con pipicán en el exterior, fuente de agua, préstamo de correas y bozales en el punto de información y bolsas disponibles.
- Correa corta y a ras de suelo, no en brazos ni en el carro salvo que lo permitan
- Evita las escaleras mecánicas: varios protocolos lo piden expresamente
- La galería sí, el supermercado no, aunque estén pegados
- Cada tienda dentro del centro decide: busca la pegatina en la puerta
- Zonas infantiles y farmacias, fuera en la mayoría de protocolos
- Si hay pet área, úsala antes de entrar
En el directorio tenemos con ficha propia el Centro Comercial Rosaleda y Larios Centro, en Málaga.
Cómo saberlo sin quedarte en la puerta
El método rápido, por orden de fiabilidad.
- Busca el distintivo en la puerta: desde 2023, quien no admite debería avisarlo por fuera
- Mira la web de la cadena, apartado de atención al cliente o preguntas frecuentes
- Si es un centro comercial, busca «pet friendly» más su nombre: los que lo son suelen tener página propia
- Llama: en treinta segundos te lo resuelven y evitas el viaje
- Desconfía de los listados de blogs: la mitad de las condiciones que circulan no están publicadas por nadie
- Y no extrapoles de una tienda de la cadena a otra: Fnac es el ejemplo de que puede variar
Lo que se te puede exigir aunque te dejen entrar
Que un sitio admita perros no significa barra libre, y las condiciones habituales se repiten bastante de un protocolo a otro.
Correa corta y el animal a ras de suelo. Casi ningún protocolo permite llevarlo suelto, y varios prohíben expresamente subirlo al mobiliario o al carro de la compra.
Bozal si es un perro catalogado como potencialmente peligroso. Es transversal a todos los protocolos que hemos leído, y en la calle es obligación legal: lo detallamos en la guía de perros potencialmente peligrosos.
Documentación en regla. Varios protocolos piden cartilla de vacunación al día, y alguno llega a exigir seguro de responsabilidad civil.
Responsabilidad por los daños. Va siempre en el texto, y es lo que justifica el resto.
Y hay un límite que no depende del protocolo sino del animal: un perro que ladra, tira, se asusta con el ruido o no aguanta una hora tumbado no lo va a pasar bien en un centro comercial. La normativa dice si puedes; no si conviene.
Dónde sí sabemos que puedes entrar
En EYPET recogemos establecimientos pet friendly verificados, con su política concreta en vez de una etiqueta genérica, incluidos comercios y centros comerciales.
Puedes consultarlos por ciudad: Sevilla, Granada, Málaga, Córdoba, Huelva, Cádiz y Jaén.
Para la hostelería, el criterio general de cómo elegir está en comer con perro. Para los monumentos y museos, que se rigen por otra lógica, en monumentos de España que sí admiten perros. Y el panorama completo de lo que obliga la ley, en normativa de perros en España.
Por cierto: muchas cadenas tienen política propia publicada sobre perros, y las recopilamos marca a marca en qué tiendas admiten perros en España.
Última revisión: 16 de septiembre de 2026. Fuentes: Ley 7/2023, artículo 29, en el BOE; Reglamento (CE) 852/2004 en EUR-Lex; normativas de acceso publicadas por IKEA España, Bauhaus, Fnac, MediaMarkt, Carrefour Property, Mercadona y Lidl; y protocolos pet friendly del Centro Comercial Rosaleda, Larios Centro, Lagoh, Klépierre y Westfield. Las políticas comerciales cambian: confírmalas antes de ir.
Las políticas de admisión y las normas locales pueden cambiar. Confirma siempre la información con el establecimiento o la autoridad responsable antes de tu visita.